Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 124613
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 238027

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consigna judicialmente el pago del adeudo o de las mensualidades correspondientes y te evitas de estar pagando intereses por mora, de cualquier forma los pagos que le hagas a ella no tendrán valor alguno, a no ser que los asienten detrás del pagaré.

    Pero sería mejor que hagas la consignación correspondiente.

    Si te demandan el total del pago del pagaré, tu acreditarías en juicio los pagos que han cubierto, así que no importa lo que diga ella, pero conserva bien tus recibos.

    Saludos.