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  • Consulta : 124383
  • Autor : kemish
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  • Autor
    Respuesta No: 237662

  • kemish
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Buenas tardes.

    Salvo mejor opinion, el articulo 4.228 f II del Codigo Civil del Estado de Mexico, inciso a) Los menores de 10 años quedaran al cuidado de la madre, salvo que sea perjudicial para el menor, b) El juez, despues de oir a los interesados, decidira quien se hara cargo de los mayores de 10 años pero menores de 14 años, c) Los mayores de 14 años eligiran cual de sus padres debera hacerse cargo de ellos, si estos no eligen el juez decidira.

     

    Por su atencion Gracias.