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  • Consulta : 124346
  • Autor : Maxwel Smart
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  • Autor
    Respuesta No: 237622

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que ese tipo de contratos privilegia el artículo 78 del Código de Comercio sobre el 17 constitucional, y la CNBV, bién gracias, son contratos de adhesión que nunca debieron ser aprobados.

    Cámbiese de banco ya!