Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 123986
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 237183

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    derecho de antiguedad?...

    sera apagar la renta en forma puntial...

    tu no tienes ningun derecho por antiguedad...

    dios quiera y haga eso que mencionas  con cerrajero... y le puedas abrir la acciòn penal de d despojo... pero... fuera de eso... no tienes  nada... solo el derecho de pagarle la pensiòn puntuialmente... la cual ya puedes comenzar a consignar en un juzgado.... para qtener la plena demostracion juridica y legal de que estas al corriente en el pago de la renta....

    quien te diga que tienes UN DERECHO POR LA ANTIGUEDAD,... te esta viendo la cara....