Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 123980
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 237189

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguida Consultante

    Con la reforma penal propuesta por el Ejecutivo federal, en el tema de la ejecución de sentencias,  y de los nuevos criterios de nuestro Máximo tribunal de la Nación, y de que el artículo 192 de la Ley de Amparo, que establece la obligatoriedad de la jurisprudencia, su esposo puede, obtener los beneficios de ley, y para lo cual su abogado debe apoyarle ante el órgano jurisdiccional para realizar los trámites para obtener los beneficios que le fueron concedidos en su oportunidad.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx