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AutorRespuesta No: 237189
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Fecha de respuesta: Lunes 29 de Agosto de 2011 00:27 2011-08-29 00:27 desde IP: 189.217.63.6
Distinguida Consultante
Con la reforma penal propuesta por el Ejecutivo federal, en el tema de la ejecución de sentencias, y de los nuevos criterios de nuestro Máximo tribunal de la Nación, y de que el artículo 192 de la Ley de Amparo, que establece la obligatoriedad de la jurisprudencia, su esposo puede, obtener los beneficios de ley, y para lo cual su abogado debe apoyarle ante el órgano jurisdiccional para realizar los trámites para obtener los beneficios que le fueron concedidos en su oportunidad.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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