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Fecha de respuesta: Domingo 28 de Agosto de 2011 21:38 2011-08-28 21:38 desde IP: 189.234.170.116
Pero esto no es de creer, si no de probar. El Patron tiene la obligacion de probar que te pagaron, si no la Junta no puede contradecirte.
Si iniciaron la accion penal correspondiente, pues se sigue aparte; por las dudas mete un amparo contra la orden de aprehension.
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