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  • Consulta : 123844
  • Autor : LicVelazquez
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    Respuesta No: 236900

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Acuda a la oficina de Inspección del Trabajo por lo general adyacente a las Juntas de Conciliación y Arbitraje,  y exponga la relación de hechos que aquí expone. La citada oficina citará a los representantes o directivos de la empresa y le pedirán una información o explicación del procedimiento seguido y su respectiva correlación con el Reglamento Interior de Trabajo.

    Desde luego entiendo que, quien tiene bajo su custodia y responsabilidad bienes de la empresa, no puede ser objeto de este tipo de acciones inquisitorias, sin que se siga un procedimiento que permita descartar cualquier acción dolosa por parte de terceros en perjuicio del trabajador custodio de dichos bienes.

    Saludos cordiales.