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AutorRespuesta No: 237088
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Fecha de respuesta: Sábado 27 de Agosto de 2011 22:32 2011-08-27 22:32 desde IP: 187.149.39.67
No puede demandar por no tener seguro social, pues usted tiene la facultad de presentar personalmente su queja ante la Subdelegación del IMSS de su localidad, en el Departamento de Auditoría a Patrones; para que se realice el procedimiento correspondiente, a efecto de determinar si su patrón cumple o no con sus obligaciones, en caso de no cumplir, deberá pagar retroactivamente las cuotas omitidas y le fincarían capitales constitutivos; entonces seguramente lo despedirán. Y podrá demandar por despido injustificado (siempre que no dé motivos para que lo despidan).
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