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AutorRespuesta No: 236845
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Fecha de respuesta: Jueves 25 de Agosto de 2011 23:55 2011-08-25 23:55 desde IP: 189.189.72.242
Para que una venta de INMUEBLE, como lo es una casa, tenga efectos ante terceros y no tenga problema alguno, DEBE CELEBRARSE ANTE NOTARIO PUBLICO, y CONSTAR EN ESCRITURA PUBLICA, misma que solo puede otorgar quien sea el DUEÑO EN LA ANTERIOR ESCRITURA.
Si su suegro tenía escrituras y escrituró al señor este de la familia, ya no hay nada qué hacer.
Si su suegro solo le vendió mediante un contrato privado, este contrato NO VALE.
Los ambiciosos herederos del suegro enfermo deberán desalojar a nombre del suegro, al supuesto cuidador, para lo cual deberán contratar a un Abogado con cédula profesional que les garantice el éxito.
Lo que me extraña es que digas que NO SABEN QUÉ HACER, pero bien que dejaron vivir solo y enfermo al suegro, al grado tal que unos extraños se le colaron a la segunda planta. "como te ves me ví y como me ves te verás... al nopal solo lo van a ver cuando tiene tunas... "
NO te digo más, pues por andar aconsejando sacar a la brava a este tipo de individuos, me cerraron mi otra cuenta.
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