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  • Consulta : 123732
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 236839

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Tiene cuarenta y cinco día habiles para impugnar la multa mediante juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Pero si presentó la declaración después de un requerimiento de autoridad, francamente la multa del DIOT que es de $8,000.00 cada una, no se la quita nadie, y si alguien en este foro, (que no falta quien se ponga a sus ódenes y le ofrezca sus "servicios" en esta página gratuita y le dé su teléfono y correo) y le dice que la representa, que se lo ponga por escrito y garantice con fianza la reparación del daño, prometer no empobrece.