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AutorRespuesta No: 236615
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Fecha de respuesta: Miércoles 24 de Agosto de 2011 15:27 2011-08-24 15:27 desde IP: 189.217.43.132
Angeles2203
Le respondo una vez que sea el notificado de la demanda debera comparecer el dia y hora que señale el juez para que tenga verificativo el desahogo de la prueba de ADN, en caso de que esta persona no conteste la demanda o bien contestandola se niegue a prcaticarse dicha prueba, se tendra por cierta la paternidad y el Juez ordenara se gire oficio al Registro Civil para que se efectue el resgistro del menor con el apellido del padre. Usted debera cubrir el gasto de la prueba pericial en ADN que tiene un costo desde $6,500.00. En esa misma demanda puede usted solicitar como prestacion se fije una pension alimenticia para el menor, dado que esta procedera una vez acreditada la paternidad con el demandado.
Saludos.
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