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AutorRespuesta No: 236398
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Fecha de respuesta: Lunes 22 de Agosto de 2011 21:12 2011-08-22 21:12 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
Evidentemente, la persona que está llevando el juicio sucesorio, o no es abogado titulado y especialista en derecho de familia, o bien,en caso de que lo sea, sus conocimientos dejan mucho que desear.
Efectivamente, su ex-esposo no tiene ningún derecho a la masa hereditaria, pues con independencia de que se hubiera o no divorciado de él, resulta que no es consanguíneo del autor dela sucesión, ni tampoco pariente colateral dentro del cuarto grado; por ende, aún cuando se apersonara en el juicio, jamás podrá declarársele heredero.
Por otra parte, tampoco puede aducir ningún derecho sobre la herencia que usted llegara a recibir, derivado del intestado que se está tramitando, primero, porque en la fecha en que esos bienes ingresen en su patrimonio, el matrimonio ya estaba disuelto, y aún en el extremo que no estuvieran divorciados, tampoco tendría derecho a esa herencia, ya que los bienes que se adquieren de esa forma, no se integran al patrimonio dela sociedad conyugal, sino que, por ser producto de una herencia,se consideran como de la esclusiva propiedad del cónyuge a quien se heredaron.
Pídale a quien está tramitando el juicio sucesorio, que tenga a bien dar lectura al artículo 182 Quintus, fracción II, del Código Civil vigente en el Distrito Federal, a efecto que se entere que los bienes adquiridos después de celebrado el matrimonio, que fueren adquiridos por herencia, legado, donacón o don de la fortuna, son propiedad del cónyuge que los obtuvo por cualquiera de esas formas, salvo que en las capitulaciones matrimoniales se haya estipulado lo contrario; sin embargo, si previo a su matrimonio, que eslo que generalmente ocurre, ustedes no manifestaron nada respecto a cómo se integraría la sociedad conyugal y qué bienes formarían parte de ella, entonces, al no existir ningún acuerdo previo en ese sentido, le repito, los bienes que herede son de su exclusiva propiedad y su ex esposo no tiene nongún derecho a ellos.
Con mayor razón cuando, dichos bienes hereditarios, usted los recibirá después de que se divorció, y por tanto, ya no existe el vínculo matrimonial, y con independencia de que hubieren promovido o no el incidente de liquidación de la soceidad conyugal, en este trámitesólo podrán incluirse los bienes que se adquieron entre eldía que se casaron, y el que el juez decaretó el divorcio, más nunca los que se hayan adquirido posteriormente, independientemente del origen de esos bienes.
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