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  • Consulta : 123402
  • Autor : SKINERF
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  • Autor
    Respuesta No: 236306

  • SKINERF
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Se puede cobrar en via civil; aunque debe de estar bien determinada la negligencia que llevo al Trabajador a causar el daño.

     

    Obviamente, que la firma de un pagare sin la contraprestacion a este es completamente ilegal.