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  • Autor : garovalo
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  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    sea cual fuere la causa... es y debe ser reclamada dentro de los 30 dias  de haberse celebrado el matrimonio para la anulaciòn... es mas facil y rapido... el divorcio... ya sea administrativo...porque no hay bienes y no hay hijos... o el incausado...  pero para el divorcio... por ley... debe pasar un año y un dia... sea en guerrero o en mexico... o en cualquier parte del pais...

    pero si tienes tu RESIDENCIA en el df...esto es ... que tienen viviendo mas de 6 meses... con ese hecho ya es suficiente....

     

     DIVORCIO ADMINISTRATIVO

    Este es el tipo de divorcio más rápido y expedito y que suele no requerir (por lo general) de abogado que lleve acabo el trámite. Eso sí, se den cumplir los siguientes requisitos: 

    1. Ambos deben estar de acuerdo y de ahí que se llame divorcio voluntario. Si uno no está de acuerdo, no procede el divorcio.
    2. Ambos deben ser mayores de edad.
    3. No deben tener hijos.
    4. Deben haber liquidado la sociedad conyugal si se casaron bajo dicho régimen. Si se casaron por separación de bienes, no existe ninguna restricción.

    Una vez que cumplen todos los requisitos, los esposos deben acudir ante el Juez del Registro Civil del lugar de su domicilio conyugal con los siguientes documentos:

    1. Copia certificada del Acta de Matrimonio.
    2. Copia certificada en donde conste que son mayores de edad, como el Acta de Nacimiento.

    Es importante señalar que los cónyuges se deben presentar personalmente ante el Juez, generalmente con testigos que los identifiquen y deben manifestar de una manera terminante y explícita su voluntad de divorciarse.

     

    El Juez entonces levantará un Acta en donde conste la solicitud del divorcio y cita a los cónyuges en un plazo de quinde días para que ratifiquen la solicitud. Si la ratifican, el Juez levantará el Acta de Divorcio y hará la anotación en el Acta de Matrimonio anterior. Y listo, ya están divorciados.

     

    Se debe señalar, sin embargo, que si las partes hubieran mentido en el proceso y resultara que no cumplían con alguno de los requisitos que señalamos al inicio, el divorcio carecerá de validez, independientemente que las partes se hacen acreedoras a una sanción de tipo de penal por haber incurrido en el delito de falsedad de declaraciones ante autoridad pública. Esta sanción varía de acuerdo con el Código Penal de cada estado.

     

    Si los esposos no cumplen con alguno de los requisitos señalados, pero es su voluntad divorciarse, se inicia el trámite de Divorcio Voluntario Judicial. Este lo serán en un juzgado familiar.

     

    DIVORCIO ADMINISTRATIVO.- REQUISITOS:

     

    1.- Solicitud fundada y motivada por escrito dirigido al C. Oficial del Registro Civil

    Que corresponda. (Puede acudir al bufete jurídico más cercano a su ubicación).

    2.- Acta original o copia certificada del acta de matrimonio.

    3.- Actas de nacimiento de los interesados (original y copia)

    4.- Identificaciones oficiales con fotografía de los interesados (original y copia)

    5.- 2 testigos mayores de edad que cuenten con identificación oficial con fotografía,

    Deberán presentarse únicamente el día de la ratificación (original y copia)

    6.- Análisis de no gravidez o no embarazo (15 días de vigencia, cuenta a partir de  la

    Recepción de los documentos).

    N  O  T  A  :

    a).- Los interesados deberán presentar los documentos PERSONALMENTE.

    b).- En caso de haberse casado bajo el régimen de SOCIEDAD CONYUGAL, deberán

    presentar disolución ante el notario que tramitaron las capitulaciones matrimoniales.

     

    Horario.- de recepción de documentos de  8.15 a 15.00 hrs.  De lunes a viernes.

    Los costos DEL REGISTRO CIVIL  varían de localidad a localidad  y de año a año: en 2008

    $1,927.00    y   la   anotación   marginal  $55.00