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AutorRespuesta No: 236313
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Fecha de respuesta: Domingo 21 de Agosto de 2011 23:53 2011-08-21 23:53 desde IP: 189.178.228.189
Dona Dora:
Usted menciona que hubo ya dos "reclasificaciones", cuestión que ciertamente es inusual y hasta extraordinaria, ya que lo que se suele hacer es que la reclasificación sea efectuada ya estando el expediente ante el juez penal o a lo sumo como medida previa e inmediata a la consignación penal, de tal manera que la acuciocidad del agente del Ministerio Público es de llamar la atención.
Una cuestión de la mayor importancia es que el segundo certificado del médico legista fue elaborado con base en uno de médico nprovado que, según todo lo narrado, se apunta que carece de ratificación ante la Representación Social y, desde esa abstención, debe ser considerado como sin valor probatorio alguno, máxime que ante la falta de ratificación resulta imposible comprobar que el médico que lo extendió sea realmente médico, cuenta habida que durante la ratificación debió exhibir su cédula profesional, y ante su falta, reitero que el certificado carece de validez formal.
Desafortunadamente la falta de formalidad quedó substituida por el segundo certificado del médico legista, sin embargo todavía hay cosas que se pueden hacer en defensa del inculpado.
El tercer certificado también es objetable, cuenta habida que la medición de glucosa en sangre que usted menciona es inexacta para que una persona sea diabética.
En efecto, el parámetro normal de la glucosa en sangre es el de 80/120 mg. en donde mg. es "miligramos en sangre" (sistema de medición usado en México), pero la medición del lesionado fue arbitraria en virtud de que debe ser practicada dos ó tres horas después del último alimento ingerido ó bebido, de tal manera que en el Hospital General seguramente que resultó falseado el examen por una ingesta previa ya sea de alimento ya sea de líquidos, sobre todo de refresco que es lo más acquible en la calle, así que el diagnóstico de diabetes también puede ser falso.
El tercer certificado también es impugnable en atención a lo que diverso forista apuntó en relación con la falta o ausencia de higiene y de curaciones.
Para los fines de la defensa, lo que se debe hacer es
a) objetar la validez del segundo y tercer certificados, el primero por estan basado en uno de médico privado carente de ratificación y/o de titulación, y abundando en el hecho de que dicho galeno sea carente de la especialidad de Traumatología, así como ofrecer la pericial en materia de Ortopedia y Traumatología a cargo de un especialista en estas ramas de la medicina, mismo que deberá comparecer ante el agente del Ministerio Público para ratificar su dictamen y exhibir su Cédula de Especialidad Profesional.
b) ofrecer la pericial en materia de medicina que puede ser a cargo de un médico especialista en endocrinología, medicina interna, o hasta de un médico general, a efecto de definir los parámetros de las mediciones de glucosa que definen la diabetes, así como para dictaminar acerca del cuidado e higiene de que se observe en las lesiones.
Pero sobre todas las cosas, es pertinente señalar de manera destacada que en su narrativa usted especifica que el leionado solamente tuvo el golpe, sin fractura y sin heridas abiertas, ¿¡¿cómo es que se le han infectado lesiones que carecen de la posibilidad de infectarse?!?
Con lo último que apunto surge la posibilidad de que el lesionado se haya provocado nuevas lesiones, lo que se podrá verificar con el primer certificado del legista concatenado con la fe de lesiones que dio el personal de actuaciones y, consecuentemente, hacer valer la falsedad con que se conduce el lesionado que se traduce en los delitos de falsedad en declaraciones, aportación de pruebas falsas (2º certificado que es privado), falsa denuncia (heridas autoinferidas que se infectaron), fraude y lo que resulte.
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