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  • Consulta : 123226
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 235999

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Elaboren un contrato de compraventa, donde se establezcan el precio, la forma de pago y todos los pormenores relativos a dicha compraventa.

    Yo recomendaría que no se diera la posesión del inmueble hasta que el precio total se haya cubierto.

    Por otra parte, es mejor que dicho trámite lo realicen ante Notario Público para que la compraventa no adolezca de ninguna falta de formalidad.

    Los gastos del Notario, los debe cubrir el comprador.

    Saludos.