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  • Consulta : 123204
  • Autor : Dictamen Legal
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  • Autor
    Respuesta No: 235997

  • Dictamen Legal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen día. Como efectivamente lo mencionas, a nadie se le puede obligar a permanecer en copropiedad, por tanto, el copropietario tiene acción para solicitar al juez la división de la cosa común, en caso de que el bien admita división, en caso de que no sea posible dividirlo, entonces la ley prevé una acción de venta forzosa, donde cualquiera de los copropietarios puede adquirir la parte de los demás, previo pago del precio pactado. Para que incluyas a otra persona en dicha copropiedad, necesitarás la autorización de todos los copropietarios. Cabe destacar que todo lo anterior se debe realizar necesariamente en un proceso de caracter civil.

    Si necesitas mayor detalle, me puedes contactar en los telefonos y correo electronico que se encuentran en mi oficina virtual.