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AutorRespuesta No: 235834
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Agosto de 2011 21:40 2011-08-17 21:40 desde IP: 189.217.193.139
"...Si presentan un avalúo hecho por un lic en administración esto es valido o tiene que tener una cédula que lo acredite como perito valuador de inmuebles? que devo de hacer en este ultimo caso..."
Usted como coheredero cuando le den vista con el inventario y avaluo presentando por el Albacea, dentro de termino de Ley que señala el Articulo 4.51 del Codigo de Procedimentos Civiles para el Estado de Mexico, que es de cinco dias, puede manifiestar usted su oposicion al Avaluo, sea por que el Profesionista que lo elaboro carece de concocimientos en la materia como si los tiene un Arquitecto o un Ingeniero Civil para realizar el Avaluo de un Inmueble, amen de que si a criterio de usted el precio del inmueble esta desacorde a la realidad. Entonces la oposicion de acuerdo al Articulo 4.53 del Codigo en comento se substanciara en la Via Incidental, en la cual usted debera ademas de argumentar por escrito los motivos de su oposicion ofrecer pruebas de su parte para acreditar dicha oposicion. Lo anterior siempre con el patrocionio de un Licendiado en Derecho que firmara junto con usted todos los escritos.
Una vez mas NO es necesario que el Perito acepte y proteste el cargo conferido. Como ya le mencionaron los colegas que me anteceden.
Que si a peticion de usted como coheredero, puede ordenar el Juez que dicha persona ante la presencia judicial ratifique el contenido y firma del Avaluo que elaboro, Si es factible que el Juez lo ordene.
Saludos.
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