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  • Consulta : 123029
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 235744

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, la misma Regla le dará la pista pues señala que "los RESIDENTES EN EL EXTRANJERO que no se encuentren en los supuestos de las fracciones I (artistas), II (periodistas), III (importación de maquinaria), IV (relación laboral del residente con quien utilizará los bienes importados) y VII (equipos ferroviarios, etc.) de la citada Regla 4.2.2. luego entonces nos habla de otro tipo de ralción, como puede ser la familiar, con el acta de nacimiento, por ejemplo o en todo caso si son socios, con el acta constitutiva de la sociedad civil o mercantil o de la asociación civil. Como puede ver, le reitero, la misma Regla con sus excluyentes, le da la pista.

    Cualquier duda adicional, estoy para servirle, hasta luego.