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  • Consulta : 122704
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 235351

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la Ley.

    Dichas condiciones son: haber poseido el inmueble de forma pacífica, continúa de buena fe (por 5 años) de mala fe (10 años), pública y en carácter de PROPIETARIO.

    Usted no tiene calidad de propietaria, su madre le dio en comodato el inmueble que ocupa y finalmente, sigue siendo ella la propietaria hasta que fallezca y puede disponer de sus bienes como mejor le parezca.

    Que triste que usted como hija prefiera que se muera, a darle la oportunidad de ser revisada por un especialista o por lo menos, que disfrute en vida del fruto de sus bienes.

    El acudir a este foro a solicitar asesoría para demandar a su propia madre que cuenta con 84 años, denota el tipo de persona que es y porqué su madre prefiere vender antes que dejárselo a Usted y su familia.

    Haga un examen de conciencia y búsque un patrimonio por sus propios medios.