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  • Consulta : 122571
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 235472

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    caralbareda2:

    Haga caso omiso de respuestas como la del forista 098nairda que me precedió con su contestación que, en primer lugar, es una ofensa por estar escrita exclusivamente con letras mayúsculas, que ciertamente en Internet es toda una falta de educación y de cortesía ya que eso equivale a gritarle a un interlocutor (Reglas de Cortesía de Internet inclusive visibles en link de estos foros), además de que su respuesta refleja falta de conocimientos y de experiencia en el derecho penal.

    En efecto, usted menciona que el citatorio está dirigido a "...los habitantes de la casa no. de la calle..." fraseología que es más propia del Juzgado Cívico que del agente del Ministerio Público, pero suponiendo que el citatorio efectivamente haya sido remitido por el agente del Ministerio Público, dicho citatorio es totalmente ilegal y completamente fuera de lugar, cuenta habida que cualquier abogado con una mínima experiencia en estos asuntos le podrá decir a usted que cuando se desconoce el nombre de la persona señalada como probable responsable, así se asienta en el acta respectiva y el agente del Ministerio Público gira orden para que la policía ministerial investigue el nombre o nombres de las personas que a futuro deban ser citadas.

    A lo anterior se agrega que la falta de mención del nombre de la persona a citar y que en su lugar se hable en plural de "habitantes de la casa", es señal de que la supuesta denunciante solamente tiene la intención de que la hermana de usted comparezca para hacerla pasar un mal rato, pues si ella es paciente de la hermana de usted es incuestionable que está en posibilidad de conocer su nombre o por lo menos de heber mencionado que es profesional de la medicina, lo que necesariamente obliga a reducir las posibilidades de las personas a citar.

    Así las cosas, cabe la posibilidad de un segundo y hasta un tercer citatorio, pero le puedo asegurar que el número de la averiguación previa comienza con las letras "AE", segidas de /GAM...etc..., que caracterizan a las actas de "Acta Especial" y que son propias de un intento de conciliación que en la práctica se traduce en el pago de una indemnización que en el caso de su hermana será una extorsión, pero que ninguna consecuencia tendrá la ausencia de la citada, excepto que la señora pueda iniciar una averiguación previa que será archivada por falta de pruebas, así que le recomiendo que espere los acontecimientos, aunque ya es muy significativo que el citatorio fue para el 15 de julio y desde esa fecha nada ha pasado, lo que significa que ya nada pasará, pues ha transcurrido casi un mes desde dicho citatorio qin que llegue el segundo cuando tarda 10 días..