Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 122468
  • Autor : LIC. COBALTO
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 189
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 235180

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

                 Garovalo, algunos amigos Bolivianos y peruanos con los que he tenido el gusto de convivir en mexico y en  su pais, viven en modalidad de contrato de ANTICRETICO, el cual en su pais tiene una connotacion y estructura distinta, misma que nada tiene que ver con mora en el pago de una cantidad adeudada, resulta que las personas que realizan este tipo de contrato, el dueño del inmueble, recibe una cantidad de dinero, una suma casi equiparable a la mitad del costo del inmueble y los dueños del dinero, reciben a cambio el uso, goce y disfrute de la casa habitacion, en dicho contrato por tiempo explicitamente determinado para que ambos hagan uso de ello, una vez finalizado este, las partes se comprometen a restituir en su totalidad y condiciones tanto dinero como inmueble (su totalidad, no hay ganancias para ninguno).........saludos....ahi tienes el contrato de anticretico........mismo que, como bien lo señalaste,  no contempla ninguna de nuestras leyes................por eso argumente que solo en parte de centro y sudamerica....saludos...............