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  • Consulta : 122312
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 234802

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    con la renuncia... pierdes  la liquidaciòn... y la antiguedad... solomte correspondia las partes proporcionales  de aguinal, vacaciones y prima vacacional.... pero si ya tomaste vacaciones y ya recibiste tu prima vacacional... solo te deben dar  la proporcional de aguinaldo y lo que se te deba de salario... una quincena... presumo...pero si ya la recibiste antes de la firma de la renuncia... pos no te toca nada... solo el aguinaldo proporcional... 12 dias...