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Fecha de respuesta: Martes 09 de Agosto de 2011 21:17 2011-08-09 21:17 desde IP: 189.232.17.21
Buenas noches:
Proceda o no proceda el pago debes de ir al departamento de fiscalización del INFONAVIT, dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que te llego el requerimiento, para evitarte el pago de una multa, con tus liquidaciones pagadas, incapacidades que haya tenido el trabajador, nóminas y los reportes que debiste de haber sacado para la actualización del factor del descuento al trabajador, ya que muchas veces el INFONAVIT no tiene registradas las incapacidades del trabajador, o tu no hiciste la actualización del factor y por tanto descontaste de menos a tu trabajador, y es donde se generan estas diferencias. De tus documentos que presentes es copia y original.Suerte ¡
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