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  • Consulta : 122311
  • Autor : Monserrat Q
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  • Autor
    Respuesta No: 234808

  • Monserrat Q
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Buenas noches:

    Proceda o no proceda el pago debes de ir al departamento de fiscalización del INFONAVIT, dentro de los 45 días siguientes a la fecha en que te llego el requerimiento, para evitarte el pago de una multa, con tus liquidaciones pagadas, incapacidades que haya tenido el trabajador, nóminas y los reportes que debiste de haber sacado para la actualización del factor del descuento al trabajador, ya que muchas veces el INFONAVIT no tiene registradas las incapacidades del trabajador, o tu no hiciste la actualización del factor y por tanto descontaste de menos a tu trabajador, y es donde se generan estas diferencias. De tus documentos que presentes es copia y original.Suerte ¡