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  • Consulta : 122284
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 234721

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

    No le demuestres nada, inicia una acción ante el juzgado, al efecto de que haga devolución de los dineros que nno le corresponden.

    Busca en el codigo civil de tu estado en el capitulo de arrendamiento.

     

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    A B O G A D O .

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.