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AutorRespuesta No: 236086
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Fecha de respuesta: Sábado 20 de Agosto de 2011 10:15 2011-08-20 10:15 desde IP: 189.178.228.189
kokoduro I:
Mi postrera opinión jurídica surge del problema de que en las legislaciones que consulté fue imposible hallar quién sea el representante legal del Registro Civil, y considerando que nadie puede representar a una dependencia, oficina, institución o ente público sin que una ley señale esta representación.
Claro está que si usted nos informa cuál es el precepto legal que establece que el Director del Registro Civil representa a los jueces u oficiales en lo tocante a los juiciios de rectificación de actas, todos le estaremos la mar de agradecidos, mientyras tanto sostengo la opinión jurídica que en último térmono expresé, aunque también expreso mis dudas acerca de que sea factible que la representación del Registro Civil recaiga directamente en los hombros del Titular del poder Ejecutivo en cada una de las Entidades Federativas, toda vez que al representar al ejecutivo local, intrínsecamente es representante de las oficinas de las cuales se carece de representante específicado y precisado por la Ley..
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