- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 122211
- Autor : rosa isela
- Consultas en Foro: 7
- Respuestas en Foro: 7029
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 89 % -
: 10 %
-
AutorRespuesta No: 234867
-
Fecha de respuesta: Miércoles 10 de Agosto de 2011 11:19 2011-08-10 11:19 desde IP: 189.139.217.174
sigue los consejos de Ulloa bonny aunq aqui la duda q me queda es porq tu tienes q demandar al registro civil si la nulidad se planteo en la reconvencion ...aunq te voy a mencionar q por costumbre desde el inicio de la demanda de paternidad se le tiene q notificar al oficial del registro civil el juez debio haber hecho la prevencion al demandadoo reconvencionista
-
Autor





