- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 122211
- Autor : garovalo
- Consultas en Foro: 34
- Respuestas en Foro: 23202
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 76 % -
: 23 %
-
AutorRespuesta No: 234812
-
Fecha de respuesta: Martes 09 de Agosto de 2011 21:31 2011-08-09 21:31 desde IP: 187.194.8.156
hasta orita abri mis correos...
solo presneta un escrito sencillo... atento a lo señalado por el auto de fecha.... exhibo copia para traslado y pido la corra al registrador civil correspondiente.... hecho que sea... pides se asiente un como respecto del termino que tiene para contestar... pasados dos dias del termino... denuncias la rebeldìa y sigues con tu juicio y ya tuviste la gracia de conceder tu mano al juez.... no te enojes y no hasgas corajes... sabes que la tienes ganada... un dia o dos mas no hacen ninguna diferencia... solo que s emuera el juez... entonces si... no sabes que destinte se arma...
-
Autor





