- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 122211
- Autor : kokoduro1
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 1321
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 234698
-
Fecha de respuesta: Martes 09 de Agosto de 2011 12:41 2011-08-09 12:41 desde IP: 187.194.8.156
BUENAS TARDES:
Si el acta esta dada, y solo falta la firma, es innecesario el demandar al registrador.
Pero como litisconsorcio, se debe desde la demanda inicial citar a todos aquellos que son parte del documento controvertido.
Es solo correr traslado, el registrador, no contesta la demanda, deja el espacio en blanco, por lo que nada o ningun daño te causa el correrle traslado y esperar el termino de contestación.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
A B O G A D O .
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
-
Autor





