- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 122061
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6728
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 234434
-
Fecha de respuesta: Domingo 07 de Agosto de 2011 10:42 2011-08-07 10:42 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
A reserva de que indicara de qué Entidad de la República consulta, el tipo de divorcio (necesario o voluntario) que usted promovió y cuya disolución fue sentenciada por el Juez que conoció de su divorcio, y si en dicho fallo, se le impuso a usted la prohibición de contraer nuevas nupcias antes de que transcurriera un año del auto que declaró ejecutoriado el divorcio, su segundo matrimonio es perfectamente válido y legal y, por tanto, no es susceptible de anularse, pues la circunstancia que su esposo hubiera hecho ante el Registro Civillos trámites para que se inscribiera la sentencia que a su vez disolvió su anterior matrimonio, levantándose el acta de divorcio y haciendo las anotaciones marginales en el acta de su primer matrimonio, despues de que ustedes se casaron, no produjo la nulidad de ese segundo matrimonio, ya que su disolución no depende de que se hagan o no los trámites administrativos en el Registro Civil, sino de la sentencia dictada por el juez y su declaración que ha causado ejecutoria, para que la persona quede legalmente divorciada.
Por tanto, si cuando usted y su actual marido contrajeron matrimonio, ambos se encontraban divorciados por sentencia firme dictada en los respectivos juicios que cada uno promovió, aunque no hayan realizado ningún trámite ante el Registro Civil para que se levantaran las actas de divorcio, no existía entoncesningún impedimento legal para que contrajeran matrimonio.
Del mismo modo, si su esposo faltó a la verdad y proporcionó datos falsos respecti de su estado civil, o existieran errores en su acta de nacimiento, e inclusive, si sobornó al Oficial del Registro Civil, dado que no precisa cuál fue la razón de que lo hiciera, ello tampoco es causa para que reclame ustedla nulidad del matrimonio.
Lo que debe hacer, si tienen más de dos años de no vivir juntos, es promover el divorcio necesario, invocando precisamente como causa para ello esa circunstancia, y una vez que acredite durante el juicio que han estado separados durante el tiempo que señala la Ley, será suficiente para que el Juez disuelva su segundo matrimonio.
-
Autor





