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  • Consulta : 121941
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 234223

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    La situación es que la empresa no lo ha dado de baja, porque seguramente le hizo el ofrecimiento de trabajo para revertirle la carga probatoria en el juicio.

    Si lo da de baja en el IMSS dicho ofrecimiento de trabajo se consideraría de mala fe, por lo cual al patrón no le conviene darlo de baja hasta la conclusión del proceso.

    Si demanda al IMSS, no procederá su demanda, puesto que usted no está cubriendo los requisitos que establece su Ley para el otorgamiento de la pensión, por lo que no obtendría un resultado favorable.

    Y si lleva un año de juicio, no se desespere, le faltan otros años más para la conclusión del mismo, son juicios largos y tediosos...