Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 121937
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 234226

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Las apelaciones que son calificadas por el Juez en efecto devolutivo, son aquellas que no suspenden el proceso principal, se remiten únicamente al superior las constancias que integren el testimonio de apelación y se continúa con la tramitación del juicio.

    Cuando se califican el recurso en ambos efectos, se remiten los originales de los autos al Tribunal de alzada y se suspende el proceso hasta que se resuelva dicho recurso.

    Espero te sea de utilidad la información.

    Saludos.