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AutorRespuesta No: 234184
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Agosto de 2011 14:30 2011-08-05 14:30 desde IP: 189.217.173.11
carlosortegarivas
En sencillo, aun con el hecho de que usted y su hermana no tengan aun la propiedad adjudicada y escriturada a nombre de ustedes, pueden celebrar por ESCRITO el contrato de arrendamiento con el inquilino y ya sea usted a su hermana con el caracter de arrendador.
Ninguna persona que tenga la posesion de un inmueble derivada de un arredamiento puede prescribirla a su nombre.
Saludos.
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