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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Agosto de 2011 20:04 2011-08-03 20:04 desde IP: 187.195.69.190
No se entiende tu pregunta.
Pero como no se puede modificar la sentencia, tendrías que darte por pagado de las prestaciones reclamadas y le devolverían los documentos al deudor.
Ahora si no quieres cobrarla, no la cobres, va a prescribir su ejecución.
Explica bien lo que pretendes hacer para que puedas ser debidamente asesorado.
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