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AutorRespuesta No: 233656
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Fecha de respuesta: Martes 02 de Agosto de 2011 13:08 2011-08-02 13:08 desde IP: 201.156.224.230
Respondemos:
El Código Civil a sufrido reformas y fue derogado el juicio de desahucio, ahora es un proceso civil de arrendamiento solicitando la rescisión de contrato de arrendamiento por incumplimiento del pago de renta., ahora bien si ya fue notificado debe dar puntual respuesta legal a la demanda, en ella se debe consignar el pago de renta adeudado para que se de por terminado el proceso. Ahora bien, en virtud de que existe jurisprudencia referente al pago vencido es importante saber que se prestaciones te demandan para poder decirte si es aplicable dicha jurisprucencia.
Quedamos a tus ordenes.
Abogado Mendoza.
Mendoza, Miranda y Reynoso Abogados.
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