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Fecha de respuesta: Martes 02 de Agosto de 2011 15:20 2011-08-02 15:20 desde IP: 189.200.114.215
CONTINUA ANEXO 2
usted señala "...No me interesa a lo que se dedica Usted, por que no entro a las oficinas de los que participan en el foro a ver si son o no son abogados, a que se dedican, ni a criticarlos, pero indudablemente es un Lic. en Derecho con un Título expedido por la Dirección General de Profesiones (igual que la suscrita)" cada quien es libre de hacer o no hacer lo que le venga en gana... si usted es nueva en el foro mi sugerencia es que lo haga... de esa forma vería que hay gentes como Primus TRibunus quien toda su vida se ha dedicado al Penal y que si usted quiere debatirle que el uso de un arma de fuego calibre 45 se puede considerar un arma blanca... pues sabra que la respuesta de él sera un rotundo NO y que su experiencia avala años de trabajar con ello .. como siempre lo he dicho AÑOS DE PRACTICA. y no por el hecho que alguien que tambien ostenta el titulo de abogado, significa que el titulo les da el conocimiento asi que no crea que por tener una cedula y un titulo significa que domine todas la ramas del derecho. Habra algunas que usted sea experta dado que se ha dedicado a ello, deduzco yo por su portal que quiza en el laboral sea experta pero... NO EN EL CIVIL y mucho menos en el derecho Consular ni del estado civil de las personas eso es mas que claro.
Es bueno aprender mas de todos...creo es la meta de todos... aprender ayudando.. pero se aprende SIENDO HUMILDES y como se lo dije a aquella persona que refiedro al principio de esta respuesta, si ustedes creen tener la razon... porque no la sustenta... es decir.. segun el articulo 34 de la ley de embajadas de Guatemala señala (es un ejemplo la ley ni existe) que todo ciudadano guatemalteco puede exigir a su embajada le traiga documentos desde su pais de origen al mas puro estilo de Estafeta o DHL. Si usted fundamentara asi... pues asi pueda yo tener años de experiencia en esto... me quedo con un palmo de narices. De otra forma... solo es su dicho, de una abogada que trabaja en un despacho en cuyo caso si a caso ha llevado un caso similar a este en toda la vida de dicho despacho sería mucho... ya que no son comunes ... mas sin embargo, yo podría decir que la funcion publica que desempeño.. me permite decir a ciencia cierta ... que llevo dcenas sino es que cientos de casos que me permite con autoridad decir QUE USTED SE EQUIVOCA y que una embajada no hara las veces de investigacion para traerle esa constancia de alumbramiento que insisto para su conocimiento ES EL UNICO DOCUMENTO con que cuentan los menores en caso de ser cierto lo aqui narrado por la usuario.
Puede aprender... si... pro sea HUMILDE y caundo alguien le diga algo... busque ..documentese ... y demuestre que su dicho es cierto... no discuta solo que que usted imagina debiere hacer una embajada o consulado...
Señala tambien... "Usted es el experto en materia de Registro Civil y pues al parecer USTED y sólo USTED puede decir que es el presente asunto suena a TRAFICO DE PERSONAS, manejar indistintamente el consulado como embajada, que el DIF le investigue al consultante donde pueden conseguir las constancias de alumbramiento, etc." NO respondere a esta insolencia... simplemente si cree usted que no conozco ni siquiera la diferencia entre consulado y embajada .. esta bien... crea lo que le venga en gana.. no estoy interesado en limpiar mi imagen con usted sino señalarle a la usuario que lo dicho por usted ES UN ERROR TOTAL y que carece de conocimiento juridico en esta rama en particular. Ya que el ususario le crea a quein mejor le convenga.
Continua diciendo.."Yo no creo que la experiencia con la que usted cuenta, le dé la verdad absoluta en TODOS sus argumentos y le comento, que yo tampoco, gracias a Dios soy humana y me puedo equivocar, pero eso SR. ABOGADO no le da derecho a minimizarme, ni desestimar mi opinión con términos que yo no empleé" Si viera que no..... errores como señala cometemos TODOS. Nada menos con esa persona a que refiero es igualita que usted en cuanto a su sobervia .. cometí el error de señalar que CHILE es un pais que pertenece al convenio de la haya y en consecuencia APOSTILLA documentos. Fue un error que reconocí publicamente porque son 142 paises que apostillan y no es facil acordarse de todos pero errores COMETO COMO TODOS la diferencia es que cuando me los hacen saber.... HUMILDEMENTE se reconocerlo y publicamente lo acepto. Cosa que por lo que veo USTED NO SABE HACER y toma como agresión el hecho que se le señalen sus errores.
Continua usted diciendo "...Dentro de las funciones del DIF, no se encuentra la de orientar sobre donde puede un Guatemalteco solicitar las constancias de alumbramiento de su país, no se las transcribo porque son muchas y saturaría mi respuesta." Dejeme decirle que nuevamente esta usted equivocada. Sabe que son las campañas de regularizacion DIF? Supongo que no solamente no lo sabe sino tampoco sabe su funcionamiento y sus alcances... solo le digo que antes de hablar... quiza valga la pena investigar señorita abogada.
CONSULADO y EMBAJADA son dos cosas completamente diferentes, y usted las refiere indistintamente como si fueran sinónimos. Ja.... aunque sonará a arrogancia le dire que puedo darle una catedra de la diferencia entre una y otra .... pero como lo he sostenido NO SOY ESCUELITA y a aprender de los libros.
Señala usted haber entendido que los menores ESTAN REGISTRADOS. Podría sacarme de mi supina ignorancia y decirme donde dice que tiene actas? Ahi señala que se escapa a Mexico ella con el hijo menor el cual tiene 3 años y NO TIENE ACTA DE NACIMIENTO. de donde saca usted que TIENE ACTAS DE NACIMIENTO si textualmente refiere ella lo contrario?
Y aqui es donde tacho totalmente de absurda, sin fundamento y sobre todo de IGNORANCIA su siguiente texto : "Si fueron registrados en Guatemala, tienen la nacionalidad Guatemalteca y si quieren una doble nacionalidad o renunciar a la Guatemalteca, tendrán que tramitarlo en el Instituto Nacional de Migración, porque no SON MEXICANOS los menores, al no haber sido registrados como tales, ya que si así fuera no tendrían problema alguno.
Por Dios... si desconoce algo,... NO OPINE. Si suponiendo que hayan sido registrados en Guatemala (Que no fue asi porque asi se señala en la consulta) tienen la nacionalidad guatemalteca por haber nacido en aquel territorio y TAMBIEN tienen la nacionalidad Mexicana por ser hijos de padre o madre mexicana. Si quieren la doble nacionalidad NO DEBE RENUNCIAR ABSOLUTAMENTE A NADA de nacionalidad guatemalteca. Usted esta confundida cuando hay nacionalidad por naturalizacion caso en el cual se debe renunciar pero cuando es por NACIMIENTO. NO se renuncia a nada y no es en el INM por Dios... es en el Registro Civil donde se hace y tendran su acta de nacimiento mexicana. Pero... para que tiramos mas violetas .... Usted es libre de creer que soy ignorante, que no se absolutamente nada.... yo ya se lo comente... si quiere hacemos no una sino DOS apuestas la primera en el sentido que ni el consulado ni la embajda de Guatemala (No estoy refiriendome indistintamente..señalo categoricamente que ambos),.,...= no traeran documento alguno del pais de origen no pueden tampoco registrar al menor en la embajada pues para ello debió haber nacido en mexico y llevar dichos documentos. Y la otra apuesta que el Instituto Nacional de Migracion... no le da absolutamente a nadie LA DOBLE NACIONALIDAD . El INM trata unicamente asuntos de extranjeros y es la Secretaria de Relaciones Exteriores la que da las cartas de naturalizacion (Con lo que creo esta usted confundida) y pide la renuncia expresa de su anterior nacionalidad pero JAMAS en tratandose de mexicanos por nacimiento como es el caso si suponiendo y sin conceder que la madre fuere mexicana tambien. Se hace en un Registro Civil como si fuere un registro normal o bajo el tramite de registro extemporaneo sin participar a INM o a SRE para que den segun su juicio la nacionalidad respectiva. Bueno ya dedique muchas lineas en esto.. la s epuestas estan sobre la mesa por si se siente usted tan segura de sus palabras y si es usted mas humilde y estudia en el particular amen que reconozca que esta usted en un error espero sus disculpas publicas y si no.. no hay problema.. me basta haber asesorado al usuario y que el decida que accion debe tomar. Saludos a todos
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