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Fecha de respuesta: Lunes 01 de Agosto de 2011 14:37 2011-08-01 14:37 desde IP: 189.234.190.27
con la simplesa del mundo... el acta dice que estaban por sociedad conyugal (SC)....con eso es mas que suficiente para que la quidicación de bienes proceda sobre los que fueron adquiridos un dia despues de la unión matrimonial y hasta el momento de la delcración del divorcio ejecutoriado...
no es necesario que haya capitulaciones mattrimoniales....
la razón de estas...lo es que si hay bienes anteriores al matrimonio... entren o no a sc... o en su caso...bienes adquiridos... durante elmatrimonoop... se asiente convenio de que no entraran.. o que podran ser vendidos o liquidados sin la necesidad de que la otra parte de la sc... participe o de su visto bueno o permiso... eso son las capitulaciones... un reglamento personal de la transición de la sc...
nada impide que se realice el remate de un bien sujeto a deuda... ni la sc...lo que se entiende es que de la venta de ese inmueble... solo el 50% sera tomado en cuenta para el pago de la deuda y el restante 50% debe entregarse a quien esta dentro de esa sc... en liquidación...
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