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  • Consulta : 121434
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 233517

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1...el poseedor del derecho y del bien... debe tener la voluntad de hacer el traspaso...y estar al corriente en el pago de las aportaciones..

    2...el comprador... quien desee el traspaso... debe estar de acuerdo con el mismo...y estar en disponibilidad del instituto para beneficiarse de esta operación... y ser sujeto de descuento nominal...

    3...deben hacer este traspaso ante el infonavit... al efecto de que los derechos del primero pasen a ser obligaciones para el segundo; ... esto es que quien estaba pagado.,.. deje de hacerlo... y el segundo... comience a hacer los pagos a su cargo...cuenta y beneficio futuros...

    4...sin el permiso de infonavit... no se puede...

    5...joven brozo... por payaso... esta consulta se la debes hacer al infonavit...es una consulta de investigación... sobre casa habitación y no sobre webos azules... tu eres estudiante... quiera dios y todos los contrarios que me toquen ... sean tan webones como tu...

    ponte a estudiar contratos... que al parecer mucha falta te hace...

    saludos a los participantes...