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Fecha de respuesta: Domingo 31 de Julio de 2011 17:21 2011-07-31 17:21 desde IP: 201.103.129.136
Ningún particular puede embargar bienes de tu propiedad, sino mediante una orden judicial.
Primeramente tendrán que demandarte vía judicial el pago de las cuotas que adeudas y si la sentencia condena al pago y no cumples, entonces ordenaran que embarguen bienes que garanticen el cumplimiento de la deuda.
Puedes acudir a una agencia del Ministerio Público y presentar una denuncia por amenazas o extorsión o como algún forista ha sugerido en este medio, por ejercicio indebido del derecho, puedes asistirte de un abogado, pero los delitos los califica el Agente del Ministerio Público, por lo que narra tus hechos y el M. P. se encargará de determinar que tipo de delito han cometido en tu contra.
Por la cantidad que se adeuda, yo te sugiero que pagues, ya que una vez que inicies la denuncia, vas a terminar pagando más, entre copias, acudir al M. P. y si contratas un abogado para que te ayude a la denuncia, pues obviamente que cobrará más de lo que debes.
Saludos.
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