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AutorRespuesta No: 242720
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Fecha de respuesta: Viernes 21 de Octubre de 2011 00:03 2011-10-21 00:03 desde IP: 189.162.4.214
Los lideres sindicales de OPDs como CFE, PEMEX; etc. en el desempeño exclusivo de sus labores para tales organismos si se pueden considerar como servidores publicos ya que su salario deriva del herario publico, ahora bien; si nos enfocamos unicamente en el caracter de lideres sindicales, estos como tales en el desempeño de esa funcion, NO LOS PODEMOS CONSIDERAR COMO SERVIDORES PUBLICOS, ya que; como todos sabemos los sindicatos no perciben ni un peso del herario publico, si no que estos se sostienen de las cuotas sindicales que sus agremiados les aportan, por tanto; dichos lideres en el ejercicio de esa función no perciben un salario que provenga de los recursos del herario publico,
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