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AutorRespuesta No: 233184
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Fecha de respuesta: Viernes 29 de Julio de 2011 12:16 2011-07-29 12:16 desde IP: 201.173.184.194
fabrigag:
En el sentido en que usted maneja el contexto, le concedo razón (pero si estuviéramos hablando de un supuesto de conductas ya específicas) , sin embargo, es importante no perder de vista que todos los servidores públicos estas sujetos a observar ciertas normas de conducta (previstas en las Leyes mencionadas) sin importar si están activos o en licencia particular, sindical o incapacidad médica y si estas no se acatan y las irregularidades son detectadas como consecuencia de una denuncia o revisión por los órganos fiscalizadores institucionales y esta conducta encuadra en un delito previsto en algún código (penal o civil) estos órganos revisores son los encargados de presentar la respectiva denuncia o demanda (según proceda).
Esta generalidad es amplia, ya que el consultante no nos menciona cual es precisamente la “irregularidad” a la que se refiere, si el tuviera a bien ser más concreto, estaríamos en condiciones de brindarle respuesta más amplia y precisa.
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