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  • Consulta : 121168
  • Autor : salvador_hrg
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  • salvador_hrg
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    En relación a su consulta, es importante señalarle lo siguiente:

    En su querella ante el ministerio público Usted debe relatar todos y cada uno de los hechos suscitados por escrito.

    ¿Por qué por escrito? Porque los escribientes suelen "equivocarse" o "cambiar palabras" y todo cambio en la práctica cuesta. Le aconsejo ampliamente que dicho procedimiento lo lleve a cabo un ABOGADO PENALISTA de su confianza.

    Si usted no sabe que abogado contratar, pida referencias y asegurese que tenga CÉDULA PROFESIONAL y le pueda enumerar una buena lista de CASOS PENALES que haya resuelto con éxito. Luego resulta, que presumen tener hasta maestría en materia penal, pero ni cédula tienen. Aún con su desesperación, NO SE DEJE SORPRENDER.

    Por otra parte, es el Ministerio Público el que deberá de calificar los hechos que podrían calificarse como delitos y no usted el agraviado. Sin embargo, Usted puede auxiliar (coadyuvar) al Ministerio Público en el objeto de la investigación. Aporte todas las pruebas que tenga en su poder, incluyendo testigos, llamadas, mensajes de esta persona.Entre más pruebas aporte, mucho mejor será sustentada su querella.

    Acorde al Código Penal del estado de  Veracruz en sus artículos 202 y 213, si el valor del automotor acsendía de los casi $30,000 pesos, el autor del delito no alcanzará fianza.El caso es delicado.Muy delicado.

    Aunado a lo anterior, Usted, en su momento, puede interponer una demanda por la vía civil en cuanto a daño moral. Precisando el cómo se vio afectado en sus creencias, sentimientos, honor y demás, por el acto cometido por esta persona.

    Algo que sí quiero dejar bien en claro, es que en el Ministerio Público en la vida real, en la práctica, todo cuesta, y si usted quiere recuperar su coche, deberá pagar a las autoridades para "que se muevan" y hagan su trabajo.