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  • Consulta : 121126
  • Autor : LIC_FIGUEROA
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  • Autor
    Respuesta No: 233083

  • LIC_FIGUEROA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Dudo mucho que si hubo convenio en la demanda de Pensión Alimenticia, se hubiera pactado por común acuerdo el pago de colegios particulares tal cual y si la pensión se fijó por vía de resolución judicial  por principio general de derecho lo más que puede estar establecido en los resolutivos es cubrir parcial o totalmente los gastos para los estudios y esto debe ser a medida de las posibilidades del demandado pues nadie esta obligado a lo imposible. Es por ello que se fijan porcentajes acorde a sus ingresos.