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AutorRespuesta No: 233057
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Julio de 2011 18:23 2011-07-28 18:23 desde IP: 189.217.218.169
portilla.gaby
Le respondo, en el Distrito Federal ya no existe la tacita reconduccion, toda vez que el Articulo 2486 del Codigo Civil para el Distrito Federal que la contemplaba fue derogado.
Saludos.
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