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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Julio de 2011 20:21 2011-07-24 20:21 desde IP: 189.140.231.216
En resumidas cuentas
SU SOBRINA SI TIENE DERECHO A PENSIION ALIMENTICIA AL IGUAL QUE EL MENOR
Mientras ella NO trabaje, NO aparezca dada de alta en el Seguro Social y él NO pueda demostrar ingresos de ella.... Qué le haga como quiera el abogaducho ese, de cualquier manera de dar PENSION ALIMENTICIA A AMBOS.. NADIE LO VA A SALVAR!!. Dígale a su sobrina que se ponga las pilas y que la demande de inmediato, que solicite el 50% sobre sus ingresos Y PRESTACIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS ( ésto es: aguinaldos, utilidades, bonos,etc.. etc..).
Pero hágalo ya!! No deje pasar más tiempo...
P.D. Será muy abogado el esposito de su sobrina, pero lo abusivo y lo "endejo" nadie se lo quita... No sabe de leyes o se la quiere marear OK?
Saludos
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