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  • Consulta : 120653
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 232340

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sus deudos se niegan a pagarme con el pretexto de que la persona ya falleció...

    al momento de fallecer... la deuda no se cancela... pero los  parientes NO ESTAN OBOLIGADOS a pagarla.

    tu debes demandar a la sucesi``on intestamentaria, antes de la adjudicaciòn... despues..,. ya no hay nada...