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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Julio de 2011 14:35 2011-07-24 14:35 desde IP: 187.194.40.129
1... tienes que esperar a que nazca... antes no hay nada...
2... inciiar un juicio de reconocimiento de la pternidad por medio de muestra de adn...
3...concedido el reconocimiento... inciar un regimen de convivencia y pago de pensiòn alimenticia...
si no puedes con la familia ahora que no hay una relaciòn... despues ... no vas a poder con todo lo que te van a hacer para que reconozcas obligaciones... mejor dejala... y olvidate de ella... y del hijo... es consejo sano... pero si quieres seguir... debes entender que la obligaciòn dura 25 años... te case con ella o no y.... aun cuando te cases con otra persona y tengas hijos... vete por lo mas sano...
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