Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120586
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 232354

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a lo mejor ... la referecnia es de una copropiedad... un copropietario...no puede donar al otro... y menos entre hermanos....solo ceder... que no es lo mismo...

    pero bien dicen los colegas... todo se puede hacer... menos los actos en copropiedad.....y las donaciones antes de la adjudicaciòn... que solo  se pueden ceder...o repudiar a favor de ...