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AutorRespuesta No: 232354
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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Julio de 2011 15:17 2011-07-24 15:17 desde IP: 187.194.40.129
a lo mejor ... la referecnia es de una copropiedad... un copropietario...no puede donar al otro... y menos entre hermanos....solo ceder... que no es lo mismo...
pero bien dicen los colegas... todo se puede hacer... menos los actos en copropiedad.....y las donaciones antes de la adjudicaciòn... que solo se pueden ceder...o repudiar a favor de ...
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