Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 120525
  • Autor : SERGIO A
  • Consultas en Foro: 2
  • Respuestas en Foro: 1677
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6728
  • : 67 %
  • : 32 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 232229

  • SERGIO A
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Saludos afectuosos a todos los participantes.

    El principal problema en esta consulta, es que el usuario primero hace referencia a una empresa (¿Privada?) y después hace referencia a una oficina de gobierno (Pública), y como ya se ha señalado, en la iniciativa privada el patrón puede hacer todo lo que no esté prohibido, pues eso lo permite la ley. pero al contrario en la administración pública estatal, el patrón es la ciudadanía a través de los poderes estatales y los trabajadores son los servidores públicos, y por tanto éstos solo deben y pueden hacer exclusivamente, lo que la ley les obliga y faculta, no lo que quieran, aunque pueda parecer legal, no pueden extralimitarse, ni abstenerse en el cumplimiento de la ley.

    Por lo que es mi opinión, que para definir el sentido correcto del debate, se debería aclarar primero, si por "patrón" se habla de la iniciativa privada o del Estado.