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  • Consulta : 120515
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 232131

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El hecho de que inmueble esté intestado no lo exime del pago de las obligaciones.

    Usted no puede obligar al Estado a que firme un convenio.

    Si usted está disfrutando del inmueble e incluso tiene negocio, está pagando al albacea la renta que corresponde?

    El Ayuntamiento puede embargar el inmueble porque es un crédito fiscal a su favor, que finalmente el albacea de la sucesión tendrá que llegar a una negociacón, porque usted es solo un poseedor del inmueble.

    No hay de otra, cumpla con las obligaciones inherentes al inmueble o notifique al albacea para que haga lo que considere pertienente.